Te contamos cuáles son todos los entresijos del Bono Social Térmico. Conoce quién puede pedirlo y cuáles son los requisitos.
Vamos a explicarte qué es el bono social térmico, qué debes hacer para solicitarlo y cuáles son los requisitos que debes cumplir. En los siguientes apartados te lo explicamos todo sobre esta ayuda. De entrada, te comentamos que ha sido lanzada para las familias más vulnerables y en riesgo de exclusión. Por eso, su concesión se limita a unos casos muy específicos.
Si deseas conocerlo todo acerca del bono social térmico, quédate con nosotros. En los siguientes apartados cuentas con toda la información necesaria que se suma a la que te proporcionamos sobre la compra colectiva de energía por parte de la OCU o las becas para estudiantes.
¿Qué es el bono social térmico?
El bono social término es una ayuda lanzada por el Gobierno central que rebaja el importe de la factura de la luz y del gas. Está destinada a las familias vulnerables o en riesgo de exclusión que sufren o pueden llegar a sufrir pobreza energética. Con este importe se compensa, en parte, el importe de la unidad familiar destinado a calefacción, agua caliente y uso de la cocina.
Es importante mencionar que el bono se proporciona para los usos mencionados al final del párrafo anterior con independencia de cuál sea la fuente empleada. Esto significa que no importa que cocines con gas y calientes el agua con un termo eléctrico. Más bien, el monto total de la ayuda se basa en otras variables, como te explicamos más adelante.
¿Cómo se proporciona la ayuda? Pues bien, se trata de un pago anual único en la cuenta corriente del beneficiario. El dinero se ingresa en la misma cuenta en la que se cobra la factura eléctrica. Por lo tanto, hablamos de un pago directo y no un descuento sobre la factura de la luz.
¿Quién puede solicitar el bono social térmico?
Aunque el bono social térmico no se proporciona para pagar una fuente energética específica, se ha determinado que quede ligado a la factura de la luz.
Hay tres tipos de consumidores que pueden optar al cobro de esta ayuda. Según la normativa, se clasifican de la siguiente manera:
- Consumidores vulnerables. Se incluyen todas las familias numerosas o, en su defecto, aquellas personas o parejas que, sin hijo alguno, tienen una renta menor o igual a 12.600 euros al año. Este umbral aumenta hasta los 16.800 euros al año si hay un hijo y hasta los 21.000 euros si hay dos hijos en la unidad familiar.
- Consumidores vulnerables severos. Se incluyen en este grupo aquellas familias que perciben una renta anual menor o igual al 50% de los límites estipulados para consumidores vulnerables.
- Consumidores vulnerables severos en riesgo de exclusión. Finalmente, aquí nos encontramos con familias que, además de cumplir con los niveles para los consumidores vulnerables severos, están siendo atendidas por los servicios sociales. Según la ley, incluso en caso de impago, las comercializadoras no pueden interrumpir el suministro a estas familias.
Además de encontrarte en alguna de las situaciones expuestas, para pedir el bono social térmico hay que cumplir con estos requisitos:
- Titularidad del contrato de luz. La persona que solicite el bono social debe ser el titular del contrato de luz de la vivienda para la que se solicita el bono social.
- Tarifa regulada de la luz. Para beneficiarse de esta ayuda es necesario tener contratada la tarifa regulada de la luz, conocida como Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC). Esta tarifa solo puede ser contratada a través de las Comercializadoras de Referencia.
- Potencia eléctrica contratada. La potencia eléctrica contratada en la vivienda debe ser igual o inferior a 10 kW.
- Vivienda habitual. El bono social solo puede ser solicitado para la vivienda habitual de la familia. En ningún caso entran en la ecuación las segundas residencias.
- Requisitos económicos. Quien pida esta ayuda debe cumplir con los requisitos económicos establecidos por el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Actualmente, el IPREM anual es de 8.400,00 €.
¿Cómo solicitar online el bono social térmico este año?
Si ya te has beneficiado del bono social térmico en años anteriores, tenemos una buena noticia. Y es que no vas a tener que hacer nada para que te abonen la ayuda este año. El ingreso se hace de forma automática en la cuenta corriente para familias que cumplen con los requisitos y que ya habían solicitado la ayuda previamente.
Pero, ¿y si todavía no has cobrado el bono social térmico? En ese caso, debes presentar una solicitud ante la comercializadora regulada, algo que podrás hacer enviando un correo electrónico a tu comercializadora. Recuerda que no es posible pedir esta bonificación si has contratado la luz con una empresa que pertenece al mercado libre: necesitas sí o sí estar en el mercado regulado.
España cuenta con un mercado energético peculiar. Por un lado, cuenta con un precio regulado por el Gobierno. En este, el precio es único para todos los usuarios, independientemente de la empresa con la que tengan contratada la luz. Por otro lado, el mercado libre es aquel en el que las empresas energéticas aplican sus descuentos y promociones.
Como nuestra intención no es ahondar en esta cuestión, te dejamos una tabla oficial con todas las comercializadoras reguladas de España con las que podrás tramitar el bono social térmico:
Comercializadora | Teléfono | Información sobre el bono social | Correo Electrónico dedicado |
---|---|---|---|
BASER COMERCIALIZADORA DE REFERENCIA, S.A. | 900 902 947 | https://www.basercor.es/es/bono-social/bono-social-electricidad/ | bonosocial@basercor.es |
ENERGIA XXI COMERCIALIZADORA DE REFERENCIA S.L.U. | 800 760 333 | https://www.energiaxxi.com/bono-social-mercado-regulado | bonosocial@energiaxxi.com |
TERAMELCOR SL | 800 00 79 43 | https://teramelcor.es/bonosocial.html | bonosocial@teramelcor.es |
COMERCIALIZADOR DE REFERENCIA ENERGÉTICO, S.L.U. | 900 814 023 | https://www.corenergetico.es/es/modelos-de-contratacion/bono-social/ | bonosocial@corenergetico.es |
RÉGSITI COMERCIALIZADORA REGULADA, S.L.U | 900 101 005 | https://www.regsiti.com/bono-social/ | Solicitud del bono social: bono-social@regsiti.com. Atención al cliente: gestion.clientes@regsiti.com |
COMERCIALIZADORA REGULADA, GAS & POWER, S.A. | 900 100 502 | https://www.comercializadoraregulada.es/regulada/luz/bono_social_luz | bonosocial@comercializadoraregulada.es |
CURENERGÍA COMERCIALIZADOR DE ÚLTIMO RECURSO S.A.U. | 900 200 708 | https://www.curenergia.es/bono-social | clientes@tucurenergia.es |
ENERGÍA CEUTA XXI COMERCIALIZADORA DE REFERENCIA S.A. | 900 106 004 | www.energiaceutaxxi.com | bonosocial@energiaceutaxxi.com |
Una vez hayas identificado cuál es tu compañía distribuidora, lo más sencillo es que para solicitar el bono social térmico envíes un correo electrónico con los siguientes datos:
- Fotocopia del DNI. El titular del contrato de luz debe presentar una fotocopia de su DNI y de todos los miembros que conforman el núcleo familiar.
- Certificado de empadronamiento. Se debe presentar un certificado de empadronamiento de todas las personas que residen en la vivienda para la que se solicita el bono social.
- Libro de familia. En caso de que el titular del contrato de luz tenga hijos o esté casado, debe presentar el libro de familia.
- Título de familia numerosa. Cuando la familia es considerada numerosa, debe presentar una fotocopia del título de familia numerosa.
- Certificado de circunstancias especiales. Es un documento que confirma que el titular del contrato de luz o algún miembro de la familia tiene alguna circunstancia especial, como discapacidad, ser víctima de violencia de género o ser víctima de terrorismo. Este certificado lo expiden los Servicios Sociales de cada localidad.
¿Cuál es el importe que me pagan en la ayuda del agua caliente y la calefacción?
El importe del bono social térmico no es único. Depende, fundamentalmente, de dos variables:
- La zona climática del lugar en el cual resides. Esta clasificación va de la A a la E y tiene en cuenta las condiciones climáticas que hay en la zona donde vives. Por eso, la ayuda no va a ser la misma en sitios muy húmedos o fríos que en aquellos donde el tiempo es más benigno.
- Las circunstancias de tu familia. Otro baremo que se aplica es el grado de vulnerabilidad, tal y como mencionamos en los apartados anteriores.
Las últimas modificaciones de la ley, que estarán vigentes hasta finales de 2023, elevan la ayuda mínima de los 25 euros a los 40 euros. Sin embargo, te recomendamos que consultes cuál es la cuantía que tienes derecho a percibir según tu situación.
Fuente info
Autor: Edgar Otero
[su_divider]